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El etiquetado de alimentos no envasados

En los establecimientos comerciales – tiendas y supermercados- y restauración, los alimentos se pueden comercializar y comprar envasados y sin envasar.

Los productos no envasados hacen referencia a aquellos que se envasan en el momento a petición del consumidor final, se sirven en bares, cafeterías y restaurantes donde se vendan a granel al consumidor final.

Por su parte, un producto envasado es un producto alimenticio que se presenta en un envase que ha sido acondicionado antes de ponerse a la venta. Podemos encontrar diferentes materiales como el corcho, el caucho, el vidrio, los metales, el cartón, el papel o los adhesivos.

Las especificaciones para los productos no envasados están fijadas por el Reglamento (UE) 1169/2011 sobre la información que se tiene que facilitar a las personas consumidoras de los alimentos sin envasar. Además, en febrero de 2015 se publico el Real Decreto 126/2015 por el que se aprueba la norma general relativa a la información alimentaria de los alimentos que se presentan sin envasar.

Como persona consumidora, tienes el derecho y la responsabilidad de solicitar la información al personal del establecimiento que debería disponer de ella, sin poder alegar desconocimiento.

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