Ante el anuncio por parte de CAIXABANK de modificar las condiciones actuales de los clientes de BANKIA, con el cobro de nuevas comisiones en las tarjetas de débito emitidas por BANKIA, hasta ahora gratuitas, y que ahora pasarán a tener una comisión de 36 euros anuales, desde la UNIÓN DE CONSUMIDORES DE LA COMUNITAT VALENCIANA consideramos que supone una grave modificación de las condiciones pactadas inicialmente con la entidad, que sin contraprestación o mejora de los servicios, suponen un grave perjuicio económico para los clientes que provienen de BANKIA.
En peor situación se encuentran, si cabe, aquellas personas que tienen un préstamo hipotecario cuyo tipo de interés esté vinculado a la contratación de otros servicios con la entidad, especialmente, tarjetas financieras, pues el ahorro inicialmente previsto con la contratación de la tarjeta de débito, se ve ahora frustrado con el cambio de las condiciones por parte de CAIXABANK.
Por ello, los clientes afectados pueden valorar dos opciones de actuación:
- Remitir reclamación a CAIXABANK mostrando su disconformidad con la modificación de las condiciones contractuales existentes hasta el momento y suscritas con BANKIA
- Cambiar de entidad bancaria, traspasando todas las cuentas y servicios a la nueva entidad, quien se encargará del cambio de domiciliaciones bancarias.
Aunque el cambio de entidades bancarias no suele ser frecuente, precisamente, por la profunda vinculación con la entidad mediante cuentas bancarias, de ahorro, planes de pensiones, tarjetas e, incluso, préstamos hipotecarios y/o personales, las personas consumidoras pueden realizar el cambio de banco, siendo la nueva entidad la que se encargará de las gestiones necesarios, incluso para el cambio de los recibos domiciliados.
Para el caso de tener préstamo hipotecario, puede solicitarse a la nueva entidad una propuesta de préstamo que podría, incluso, mejorar las actuales condiciones. O, en caso contrario, mantener sólo con la antigua entidad el préstamo y la cuenta de cargo vinculada, sin que dicha entidad pueda cobrar importe alguno en concepto de comisión de mantenimiento de la cuenta si ésta está destinada única y exclusivamente al pago del préstamo hipotecario.
Desde la UNIÓN DE CONSUMIDORES DE LA COMUNITAT VALENCIANA entendemos que no es asumible que la fusión y absorción de entidades bancarias supongan un perjuicio económico para las personas consumidoras, que además ya vienen sufriendo el cierre de sucursales y una contante reducción de horarios en la atención personal, que cada vez más remiten a los cajeros para la realización de gestiones de caja, cuando en muchas ocasiones se trata de personas mayores que no están habituadas a la utilización de estás máquinas y necesitan de una atención personal.
Si es una persona afectada por las recientes modificaciones anunciadas por CAIXABANK, puede rellenar el presente formulario para hacer su reclamación a la entidad bancaria, que será remitida al Departamento de Atención al Cliente de CAIXABANK S.A., y de la cual deberá contestar en un plazo máximo de 2 meses.
Si CAIXABANK no atendiera la reclamación o no contestara en dicho plazo, puede contactar con la UNIÓN DE CONSUMIDORES DE LA COMUNITAT VALENCIANA para valorar las actuaciones a llevar a cabo con posterioridad.