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Compensación por el tope de gas que estableció el Real Decreto Legislativo 10/2022, de 13 de mayo, para todos los consumidores de electricidad.

Compensación por el tope de gas que estableció el Real Decreto Legislativo 10/2022, de 13 de mayo, para todos los consumidores de electricidad.

Si el importe de su factura de electricidad se ha incrementado notablemente respecto a meses anteriores, seguramente será porque le han aplicado la compensación por el tope de gas. Esta compensación aparece expresamente en las facturas de contratos suscritos en mercado libre (aunque las empresas tienen libertad para desglosarlo o no), mientras que en las facturas de contratos en mercado regulado la compensación se incluye ya dentro de los términos facturados.

Actualmente, la contratación del suministro de energía eléctrica tiene dos posibilidades: mercado regulado y mercado libre. Mientras que en el primero el precio de la energía viene determinado cada día y cada hora por el coste variable al que se negocia la energía eléctrica entre los productores de energía y las comercializadoras, y los peajes tanto por la potencia contratada como por el horario de consumo de la energía (valle, llano y punta); en el segundo las tarifas de potencia y energía están pactadas con la empresa suministradora a un precio fijo, y al que posteriormente se le añaden los recargos e impuestos.

Ante el incremento de los costes de producción de la energía, el Gobierno aprobó en mayo establecer un tope al gas de 40 €/MWh), de forma que todos los productores de energía percibieran ese máximo. A cambio, se estableció que las centrales combinadas de gas percibirían una compensación por la diferencia entre el coste real de producción de la energía eléctrica y el tope de 40 €/MWh establecido, en tanto que la producción de energía eléctrica mediante gas es más cara.

De esta forma se pretendía evitar que el actual sistema de retribución de la producción de energía eléctrica, por el que el precio que se paga es el mayor de todos los sistemas de producción (de ahí que muchos productores perciban un importe superior al coste real de producción de la energía eléctrica, lo que implica unos beneficios superiores al coste real de producción), afectara al precio total de generación de energía eléctrica por la subida de gas, que es sólo uno de los sistemas de producción de electricidad.

La norma que estableció el tope del gas, determinó que todos los contratos de electricidad en mercado regulado y los del mercado libre que se firmaran a partir de abril de 2022 o se renovaran a partir de esa fecha, incluirían la compensación del tope de gas, de forma que irán abonando dicha compensación progresivamente todos los usuarios del mercado eléctrico durante la vigencia de esta norma, hasta el 31 de mayo de 2023.

Esta fecha de abril de 2022 se estableció por la norma que regulaba el tope de gas por entender que los precios que ofrecían las comercializadoras de mercado libre, estaban ofreciendo tarifas de electricidad en las que ya se asumía la reducción de precios de generación por el tope de gas y que permitían competir en el mercado con la ventaja de un precio limitado.

No obstante, el cálculo de la compensación por el tope de gas se realiza conforme a la diferencia entre el tope establecido de 40 €/MWh y el coste real de producción de energía eléctrica con la utilización de centrales de ciclo combinado de gas. Dicha compensación evoluciona diariamente conforme al precio del gas, que es el que se utiliza en estas centrales de ciclo combinado para la generación de electricidad.

En este momento, la compensación del tope de gas está provocando un incremento considerable de la factura, en tanto que dicha compensación está alcanzando el 40% de la factura. Esta situación viene motivada por el elevado precio del gas y por el aumento de la producción de electricidad mediante gas, en perjuicio de otras energías más económicas en la producción de energía eléctrica.

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