La Unión de Consumidores insta a las entidades bancarias que asuman la sentencia del TJUE y devuelvan los importes cobrados en exceso
La Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana valora positivamente la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el índice IRPH y abre la puerta a que las personas consumidoras afectadas por la utilización de dicho índice por las entidades financieras puedan reclamar por la deficiente información y falta de transparencia en el momento de la contratación de sus préstamos hipotecarios.
En este sentido, la Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana insta a las entidades bancarias a que asuman la sentencia dictada ayer por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y revisen de oficio las hipotecas de las personas consumidoras suscritas con el IRPH y procedan a devolver los importes cobrados en exceso, sin necesidad de que las personas consumidoras tengan que acudir a la vía judicial para hacer valer sus derechos.
El índice IRPH es el índice de referencia utilizado por determinadas entidades financieras en los préstamos hipotecarios suscritos por las personas consumidoras. En su momento, las entidades bancarias imponían este tipo de índice alegando que su evolución sería más beneficiosa para el cliente. Sin embargo, este índice ha sido en todo momento superior al tipo de interés del Euribor, suponiendo un grave perjuicio económico, ya que han ido abonando cuotas mensuales muy superiores a las personas consumidoras que habían contratado un préstamo hipotecario con índice de referencia del Euribor, sin que se hubiera facilitado información suficiente y sin posibilidad efectiva de comparación o de elección por las personas ahora afectadas por el índice IRPH, que fue aprovechado por las entidades bancarias que lo aplicaron para incrementar sus beneficios.
En opinión de la Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana “hay que evitar la judicialización de estas reclamaciones facilitando a las personas consumidoras afectadas una resolución ágil por parte de las entidades bancarias”. En caso contrario puede volver a ocurrir lo mismo que con las preferentes, las cláusulas suelo y gastos hipotecarios que tras sentencias judiciales favorables a las personas consumidoras, muchas entidades bancarias no resuelven satisfactoriamente por la vía extrajudicial las reclamaciones de las personas consumidoras, obligándoles a iniciar procedimientos judiciales para reclamar los derechos, sabiendo que muchas personas afectadas no demandarán.
La Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana aconseja revisar los contratos de préstamos hipotecarios y comprobar el índice de referencia utilizado para constatar si están afectados por el IRPH y realizar la reclamación ante la entidad.